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[0009] • SAN JULIO I, 337-352 • EL DERECHO AL MATRIMONIO Y LA CONDICIÓN DE ESCLAVO Y SIERVO

De los Decretos del Papa Julio I, fecha incierta

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4.–Todos tenemos el mismo Padre celestial (Mt 23) y cada uno, rico, pobre, siervo y libre deberá igualmente dar razón de sí y de sus almas. Por lo que estamos seguros de que todos, de cualquier condición que sean, tienen una misma ley (en lo que se refiere a Dios). Y si todos tienen una misma ley, se deduce que de la misma manera que el inocente no puede ser despedido, tampoco puede serlo el siervo una vez que se ha unido en matrimonio.

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10.–Algunos tenían dudas sobre la legitimidad de las nupcias contraídas entre la sierva y el señor que le había dado la libertad. Por eso nos, resolviendo esta antigua cuestión, juzgamos que esos matrimonios eran legítimos. Porque si es el afecto el que da lugar a todas las nupcias y nada menos digno y contrario a las leyes puede darse en esas uniones, ¿qué razón hay para prohibirlas?