[0007] • SAN SILVESTRE I, 314-335 • SEGUNDAS NUPCIAS
De los Cánones del Concilio Ecuménico I de Nicea (Asia Menor), 19 junio-30 agosto 325
0325 08 30 0008
Can. 8.–Acerca de los que antes se llamaban a sí mismos kátharos o puros [es decir, los novacianos], pero que se acercan a la Iglesia Católica y Apostólica plugo al santo y grande Concilio que, puesto que recibieron la imposición de manos, permanezcan en el clero; pero ante todo conviene que confiesen por escrito que aceptarán y seguirán los decretos de la Iglesia Católica y Apostólica, es decir, que no negarán la reconciliación a los desposados en segundas nupcias y a los lapsos [caídos] en la persecución...
[MI, 55]
0325 08 30 0008
Can. 8.–De his, qui se cognominant Catharos (id est mundos) [scilicet Novatiani], si aliquando venerint ad Ecclesiam catholicam, placuit sancto el magno Concilio, ut impositionem manus accipientes, sic in clero permaneant. Haec autem prae omnibus eos scriptis convenit profiteri, quod catholicae et apostolicae Ecclesiae dogmata suscipiant et sequantur; id est, et bigamis se communicare et his qui in persecutione prolapsi sunt...
[DS, 127]