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Magisterio sobre amor, matrimonio y familia <br /> <b>Warning</b>: Undefined variable $titulo in <b>/var/www/vhosts/enchiridionfamiliae.com/httpdocs/cabecera.php</b> on line <b>29</b><br />
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[0055] • SAN SERGIO I, 687-701 • MATRIMONIO INDISOLUBLE. ADULTERIO. ABORTO

De los Cánones del Concilio VI de Constantinopla –Concilio Trulano– (Turquía europea), año 692

0692 0? 0? 0087

Can. 87.–La mujer que abandona a su marido, si se une a otro, es adúltera, según S. Basilio, que dedujo esto del profeta Jeremías: “Si un marido repudiare a su mujer, y separándose ella de él tomare otro marido, ¿acaso volverá más aquél a ella?, ¿acaso no será aquella mujer mancillada y contaminada?” [1]. Y en otra parte: “El que retiene a la adúltera es necio e impío” [2]. Pero si se aparta de su marido sin razón alguna, él es digno de perdón y ella de pena; a él se le perdonará, y estará en comunión con la Iglesia. Pero el que abandonare a su legítima esposa para tomar otra, según la sentencia del Señor, es adúltero [3]. Está determinado que éstos lloren por un año, escuchen por dos años, hagan penitencia por tres años y, al séptimo, se reintegren a los fieles; y serán admitidos a la mesa del Señor, si con lágrimas hubieren hecho penitencia.

[1]. Ier. 3, 1.

[2]. Prov. 18, 22.

[3]. [Cf. Mt. 19, 9]

0692 0? 0? 0091

Can. 91.–Serán castigados con pena de homicidio los que procuran el aborto por medio de medicinas y los que matan con veneno el feto antes de nacer.

0692 0? 0? 0093

Can. 93.–La mujer de aquél que se marchó y no aparece si, antes de estar cierta de su muerte, cohabitare con otro, es adúltera. Lo mismo decimos de las mujeres de los soldados, que se casaren porque no aparecían sus maridos, igual también establecemos acerca de las que se hubieren casado cuando los maridos estaban en peregrinación; pero aquí hay algún motivo mayor de venia, porque es mayor también la sospecha de muerte. Mas la que por ignorancia se casó con el que temporalmente había sido dejado por su mujer, y después fue dimitida por haber vuelto otra vez a su marido, ha cometido verdaderamente fornicación; pero ha sido por ignorancia; por lo tanto, podrá casarse, aunque será mucho mejor si se abstiene. Y si algún soldado volviere después de cierto tiempo, en el cual y a causa de su larga ausencia su mujer hubiere vuelto a casarse, podrá recibirla si quiere, concediéndola el perdón por la ignorancia, y también a su segundo marido.

0692 0? 0? 0098

Can. 98.–Que se castigue como adúltero al que se casa con una mujer desposada, viviendo su esposo.

[CCIE 3, 802-804, 806]