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Magisterio sobre amor, matrimonio y familia <br /> <b>Warning</b>: Undefined variable $titulo in <b>/var/www/vhosts/enchiridionfamiliae.com/httpdocs/cabecera.php</b> on line <b>29</b><br />
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[0337] • PÍO XI, 1922-1939 • SALARIO Y VIDA FAMILIAR

De la Carta Encíclica Quadragessimo anno –sobre la restauración del orden social–, 15 mayo 1931

1931 05 15 0002

[2.–] A tan insigne testimonio de su solicitud pastoral [1], Nuestro Predecesor había preparado el camino con otras encíclicas sobre los fundamentos de la sociedad humana, o sea, la familia y el venerable sacramento del Matrimonio [2].

[1]. [Litt. Encycl. Rerum novarum: 1891 05 15/9-10].

1[2]. Litt. Encycl. Arcanum, 10 Febr. 1880 [1880 02 10/1-28].

1931 05 15 0045

[45.–] Primeramente, téngase por cosa cierta y averiguada que ni León XIII ni los teólogos que enseñaron guiados por el magisterio y autoridad de la Iglesia, han negado jamás o puesto en duda el doble carácter de la propiedad –el que llaman individual, y el que dicen social–, según que atienda al interés de los particulares o mire al bien común; antes bien, todos unánimemente afirmaron siempre que el derecho de propiedad privada fue otorgado por la naturaleza, o sea, por el mismo Creador, a los hombres, ya para que cada uno pueda atender a las necesidades propias y de su familia, ya para que, por medio de esta institución, los bienes que el Creador destinó a todo el género humano sirvan en realidad para tal fin; todo lo cual no es posible lograr en modo alguno sin el mantenimiento de un orden cierto y determinado.

1931 05 15 0070

[70.–] De este doble carácter, intrínseco por naturaleza al trabajo humano, surgen gravísimas consecuencias, según las cuales debe regirse y determinarse el salario.

1931 05 15 0071

[71.–] En primer lugar, al obrero se le debe dar una remuneración que sea en verdad suficiente para su propia sustentación y para la de su familia [3]. Porque justo es que también el resto de la familia concurra, cada uno según sus fuerzas, al sostenimiento común de todos, como sucedía antes, singularmente en las familias de campesinos y comerciantes en pequeño; pero es un crimen el abusar de la edad infantil y de la debilidad de la mujer. En casa principalmente, o en sus alrededores, las madres de familia pueden dedicarse a sus faenas, sin dejar por ello las atenciones de su hogar. Pero es un gravísimo abuso, que se ha de eliminar con todo empeño, el que la madre, por la escasez del salario del padre quede obligada a ejercitar un arte lucrativo, abandonando sus peculiares deberes y quehaceres, y, sobre todo, la educación de sus niños. Ha de hacerse, pues, todo lo posible para que los padres de familia perciban un salario tal, que con él puedan atender convenientemente a las ordinarias necesidades domésticas. Y si las circunstancias presentes de la sociedad no siempre permiten hacerlo así, pide la justicia social que cuanto antes se introduzcan reformas tales, que a cualquier obrero adulto se le asegure ese salario.–No será aquí inoportuno dar la merecida alabanza a cuantos con previsión tan sabia como útil han ensayado e intentado diversos medios para acomodar la remuneración del trabajo a las cargas de la familia, de manera que al aumento de éstas corresponda el aumento de aquél; y aun, si fuere menester, se puedan también satisfacer las necesidades extraordinarias.

1[3]. Cfr. Litt. Encycl. Casti connubii, 31 Dec. 1930 [1930 12 31/123].

1931 05 15 0130

[130.–][...] En verdad, el ánimo se horroriza [...] al pensar cuán frecuentemente el régimen moderno del trabajo y principalmente las irracionales condiciones de habitación crean obstáculos a la unión e intimidad de la vida familiar [...]

[EyD, 624, 633, 639-640, 654]