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Magisterio sobre amor, matrimonio y familia <br /> <b>Warning</b>: Undefined variable $titulo in <b>/var/www/vhosts/enchiridionfamiliae.com/httpdocs/cabecera.php</b> on line <b>29</b><br />
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[1960] • JUAN PABLO II (1978-2005) • VALOR JURÍDICO Y SOCIAL DE LA FAMILIA

Del Discurso Je suis heureux, en el Jubileo de la Unión Internacional de Juristas  Católicos, 24 noviembre 2000

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4. Nuestro mundo necesita hombres y mujeres que, con valentía, se opongan públicamente a las innumerables violaciones de los derechos, que desgraciadamente siguen constituyendo un desprecio hacia las personas y hacia la humanidad. Por su parte, los juristas están llamados –ésta es una de las tareas de la Unión internacional de juristas católicos– a denunciar todas las situaciones en las que se menoscaba la dignidad de la persona o en las que, aunque en apariencia se busque su defensa, en realidad se la ofende gravemente. Con mucha frecuencia hoy no se reconoce a la libertad de pensamiento y a la libertad de religión el estatuto jurídico de derechos fundamentales que les corresponde; en numerosas partes del mundo, incluso a nuestras puertas, se violan de manera injustificable los derechos de las mujeres y de los niños. Existen cada vez más casos en los que el legislador y el magistrado pierden la conciencia del valor jurídico y social específico de la familia, y en los que se muestran dispuestos a poner en el mismo plano legal otras formas de vida en común, que crean mucha confusión en el campo de las relaciones conyugales, familiares y sociales, negando en cierto modo el valor del compromiso específico de un hombre y de una mujer, y el valor social en el que se funda ese compromiso. Muchos de nuestros contemporáneos no respetan el derecho a la vida, derecho primordial y absoluto que no depende del derecho positivo sino del derecho natural y de la dignidad de todo hombre, o lo subestiman como si se tratara de un derecho disponible y no esencial; basta pensar en el reconocimiento jurídico del aborto, que elimina a un ser humano frágil durante su vida prenatal en nombre de la autonomía de decisión del más fuerte sobre el más débil; y en la insistencia con la que algunos hoy tratan de promover el reconocimiento de un supuesto derecho a la eutanasia, un derecho de vida y de muerte, para sí mismos o para los demás. Existen también casos en los que el magistrado y el legislador toman decisiones independientemente de cualquier valor moral, como si el derecho positivo pudiera tener en sí mismo su propio fundamento y hacer abstracción de los valores trascendentes. Un derecho que se aparte de los fundamentos antropológicos y morales entraña numerosos peligros, dado que somete las decisiones al puro arbitrio de las personas que las adoptan, sin tener en cuenta la dignidad insigne de los demás.

Para el mundo jurídico es importante proseguir una línea hermenéutica y recordar constantemente los fundamentos del derecho a la memoria y a la conciencia de todos, legisladores, magistrados y simples ciudadanos, ya que no está únicamente en juego el bien de una persona o de una comunidad humana determinadas, sino el bien común, que supera la suma de los bienes particulares.

[O.R. (e. c.), 8.XII.2000, 8]