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[0040] • JUAN III, 561-574 • MATRIMONIOS INCESTUOSOS

De los Cánones del Sínodo de Auxerre (Francia), entre los años 561-605

0561 0? 0? 0027

Can. 27.–No es lícito tomar como esposa a la madrastra.

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Can. 28.–No es lícito casarse con la hija de su hermana.

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Can. 29.–No es lícito unirse en matrimonio con la dejada por el hermano.

0561 0? 0? 0030

Can. 30.–No es lícito casarse con dos hermanas: es decir, casarse con la otra, una vez que ha muerto la primera con la que se había estado casado.

0561 0? 0? 0031

Can. 31.–No es lícito el matrimonio con la prima carnal, es decir con los hijos de los hermanos o de las hermanas ni tampoco con los hijos de éstos.

0561 0? 0? 0032

Can. 32.–No es lícito al nieto casarse con la mujer del tío materno.