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[0153] • CLEMENTE X, 1670-1676 • ADMISIÓN A LOS SACRAMENTOS DE LOS CASADOS QUE INTENTAN CASARSE DE NUEVO

De la Respuesta del Santo Oficio, al Prefecto de la Misiones de los Capuchinos en Mesopotamia, 20 marzo 1675

1675 03 20 0001

[1.–] El Prefecto de las misiones de los Capuchinos en Mesopotamia expone: 1. Que uno de los cónyuges, vg. el marido, aun cuando apostata de nuestra santa fe y abraza la secta de Mahoma, continúa cohabitando con la mujer; de los que nacen hijos que, por la fuerza, son tenidos como mahometanos. Esto dice (el susodicho Prefecto) parecerle una injuria al Creador y un deshonor para la fe, toda vez que la mujer, todavía cristiana, no duda en acercarse al sacramento de la Eucaristía. Más, si cabe, al no estar prohibido por los sacerdotes orientales y al suceder que esas mujeres cristianas piden la absolución a los misioneros, cuando se encuentran en peligro de muerte.

1675 03 20 0001b

[Resp.:] A 1.–No deben ser admitidas a la absolución a no ser in articulo mortis y con verdadera penitencia.

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2.–Que una mujer, no consintiendo en cohabitar con el marido apóstata, se casa con otro cristiano.

1675 03 20 0002b

A 2.–No son lícitos ni válidos estos matrimonios; y los que contraen de esta manera no son capaces de Sacramentos a no ser con estas condiciones: que, arrepentidos de su situación, estén dispuestos a despedir a la pretextada segunda esposa aun en el caso de que recobren la salud, y que se hallen in articulo mortis con muestras de verdadera penitencia.