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[0207] • PÍO VII, 1800-1823 • CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

De la Respuesta de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 17 abril 1820

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[1.–] ¿Cómo actuar con aquellos malos católicos que se niegan a confesar los pecados antes de acceder al matrimonio?

Resp.: Si los católicos, de que se trata en la pregunta, son verdaderamente pecadores públicos, no deben ser admitidos, a no ser que el párroco pueda dispensar de ello por causas verdaderamente graves: éstas se recogen en los autores de reconocida fama, a los que debe consultar; si son pecadores ocultos no se les debe apartar de contraer matrimonio, aunque, después de haberles hecho la oportuna advertencia, se nieguen a confesarse.