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[0218] • GREGORIO XVI, 1831-1846 • INDISOLUBILIDAD DEL MATRIMONIO

De la Carta Accepimus, al Obispo de Basilea (Suiza), 8 febrero 1836

1836 02 08 0003

[3.–] Quede claro, por tanto, a tu Fraternidad que Nos no podemos ratificar la facultad –por más que tú la hubieses concedido al párroco– de hacer las proclamas de un matrimonio entre contrayentes de diversa religión, aun en la hipótesis de que la parte acatólica estuviese unida a otro cónyuge, y cualquiera que hubiera sido el motivo de la separación. Ya que el matrimonio, una vez que válidamente se ha contraído y consumado –según la doctrina evangélica y apostólica, que el Conc. de Trento confirmó en la ses. XXIV, can. 7[1]– es entre cristianos absolutamente indisoluble en cuanto al vínculo; no sólo, pues, sería ilícito, sino también inválido el matrimonio celebrado por un hombre o mujer católicos con un acatólico, mientras vive aún el otro cónyuge. Nadie –ni siquiera uno–desconoce el crimen horrendo que sería cooperar a un matrimonio ilícito e inválido. Y que esto se hace con las proclamas lo ha declarado frecuentemente esta Sede Apostólica, y sobre todo nuestro predecesor de feliz memoria, Pío VI, en carta dirigida al Card. arzobispo de Malinas el día 13 de julio de 1782[2].

[1]. [Cf. 1563 11 11b/7].

[2]. [Cf. Resc. Exequendo nunc: 1782 07 13/1-2].