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[0276] • LEÓN XIII, 1878-1903 • EDUCACIÓN RELIGIOSA DE LOS HIJOS

De la Carta Officio sanctissimo, a los Obispos de Baviera (Alemania), 22 diciembre 1887

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9.–[...] Mucho aprovecharán los consejos y esfuerzos dados de común acuerdo por los padres de familia. Por lo cual se les debe advertir y exhortar lo más seriamente posible a que tomen conciencia de lo grandes y santos que son los deberes que en relación con sus hijos tienen con Dios; de que deben educarlos en el conocimiento de la Religión, de buenas costumbres, como piadosos adoradores de Dios; de que actúan culpablemente si confían esa edad crédula e incauta a preceptores poco seguros. En estos deberes –nacidos del hecho mismo de la procreación de los hijos–, sabrán los padres de familia que gozan de otros tantos derechos por naturaleza y en justicia, y que son tales, que no les es lícito pasarlos por alto, que ninguna potestad humana puede quitar ninguno, porque nadie, entre los hombres, puede desligarse de los deberes con los que está ligado con Dios. Consideren, pues, los padres, que tienen el grave deber de cuidar a los hijos, pero que es mucho mayor el que tienen de guiarlos por esa vida mejor y más alta que es la del alma: por esto, cuando ellos mismos no puedan hacerlo, tienen la obligación de lograr que otros lo hagan en su nombre, de tal manera que sus hijos se instruyan y formen en la necesaria enseñanza de la Religión gracias a maestros capacitados. Ya no es infrecuente el ejemplo, realmente muy hermoso, de religión y generosidad que, allí donde no hay ninguna escuela a cargo del Estado salvo las que se llaman neutras, los católicos han dado, al abrir con grandes esfuerzos y gastos, algunas suyas, y sostenerlas con idéntica constancia. Y es algo muy de desear que, donde sea necesario y atendidas las circunstancias de tiempo y todas las demás, se abran muchos de estos lugares, tan necesarios y seguros para los jóvenes.