[0311] • SAN PÍO X, 1903-1914 • SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
Del Decreto Lamentabili –en el que se condenan los principales errores del modernismo–, del Santo Oficio, 3 julio 1907
1907 07 03 0051
51.–Sólo en época tardía el matrimonio pudo ser tenido como sacramento de la nueva ley en la Iglesia, puesto que, para que el matrimonio fuera considerado como sacramento, fue necesario que previamente se llegara a un pleno desarrollo teológico de la doctrina sobre la gracia y los sacramentos.
[Censura:] Al jueves siguiente, día 4, del mismo mes y año, dada cuidadosa cuenta de todo esto a nuestro Santísimo Señor el Papa Pío X, Su Santidad aprobó y confirmó el Decreto de los Eminentísimos Padres, y ordenó que todas y cada una de las proposiciones antes recogidas se tuvieran por todos como reprobadas y proscritas.
1907 07 03 0051
51.–Matrimonium non potuit evadere sacramentum novae legis nisi serius in Ecclesia; siquidem ut matrimonium pro sacramento haberetur necesse erat ut praecederet plena doctrinae de gratia et sacramentis theologica explicatio.
[Censura:] Sequenti vero feria V, die 4 eiusdem mensis et anni, facta de his omnibus SS~mo D. N. Pio PP. X accurata relatione, Sanctitas Sua Decretum E~morum Patrum adprobavit et confirmavit, ac omnes et singulas supra recensitas propositiones ceu reprobatas ac proscriptas ab omnibus haberi mandavit.
[ASS 40 (1907), 476, 478]