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[0345] • PÍO XI, 1922-1939 • ERRORES DEL COMUNISMO SOBRE EL MATRIMONIO

De la Carta Encíclica Divini Redemptoris –sobre el comunismo ateo–, 19 marzo 1937

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[10.–] El comunismo, además, despoja al hombre de su libertad, principio espiritual de su conducta moral, quita toda dignidad a la persona humana y todo freno moral contra el asalto de los estímulos ciegos. No reconoce al individuo, frente a la colectividad, ningún derecho natural de la personalidad humana, porque ésta, en la teoría comunista, es sólo una simple rueda engranada en el sistema. En las relaciones de los hombres entre sí, sostiene el principio de la absoluta igualdad, rechazando toda jerarquía y autoridad establecida por Dios, incluso la de los padres; todo eso que los hombres llaman autoridad y subordinación se deriva de la colectividad como de su primera y única fuente. Ni concede a los individuos derecho alguno de propiedad sobre los bienes naturales y sobre los medios de producción, porque, al ser éstos una fuente de otros bienes, su posesión conduciría al predominio de un hombre sobre los demás. Por eso precisamente, por ser la fuente originaria de toda esclavitud económica, deberá ser destruida radicalmente tal forma de propiedad privada.

1937 03 19 0011

[11.–] Naturalmente, esta doctrina, al negar a la vida humana todo carácter sagrado y espiritual, hace del matrimonio y de la familia una institución puramente convencional y civil, o sea, el fruto de un determinado sistema económico; niega la existencia de un vínculo matrimonial de naturaleza jurídico-moral que esté por encima del arbitrio de los individuos y de la colectividad, y por consiguiente, niega también su indisolubilidad. En particular, no existe para el comunismo nada que ligue a la mujer con la familia y la casa. Al proclamar el principio de la emancipación de la mujer, la separa de la vida doméstica y del cuidado de los hijos para arrastrarla a la vida pública y a la producción colectiva en la misma medida que al hombre; se dejará a la colectividad el cuidado del hogar y de la prole [1]. Niega, finalmente, a los padres el derecho a la educación, porque éste es considerado como un derecho exclusivo de la comunidad, y sólo en su nombre y por mandato suyo lo pueden ejercer los padres.

11[1]. Cfr. Litt. Encycl. Casti connubii, 31 dec. 1930 (AAS, vol. XXII, p. 567) [1930 12 31/75].

1937 03 19 0027

[27.–] Cuanto a lo que la razón y la fe dicen del hombre, Nos lo hemos expuesto en sus puntos fundamentales en la Encíclica sobre la educación cristiana [2]. El hombre tiene un alma espiritual e inmortal; es una persona, adornada admirablemente por el Creador con dones de cuerpo y de espíritu, un verdadero microcosmos, como decían los antiguos, esto es, un pequeño mundo, que excede con mucho en valor a todo el inmenso mundo inanimado. Dios sólo es su último fin, en esta vida y en la otra; la gracia santificante lo eleva al grado de hijo de Dios y lo incorpora al reino de Dios en el cuerpo místico de Cristo. Además, Dios lo ha dotado con múltiples y variadas prerrogativas: derecho a la vida, a la integridad del cuerpo, a los medios necesarios para la existencia; derecho de tender a su último fin por el camino trazado por Dios; derecho de asociación, de propiedad y del uso de la propiedad.

13[2]. Litt. Encycl. Divini Illius Magistri, 31 dec. 1929 (AAS, vol. XXII, 1930, pp. 49-86) [1929 12 31/25-58].

1937 03 19 0028

[28.–] Así como el matrimonio y el derecho a su uso natural son de origen divino, así también la constitución y prerrogativas fundamentales de la familia han sido determinadas y fijadas por el Creador mismo, no por voluntad humana ni por factores económicos. De esto hemos hablado largamente en la Encíclica sobre el matrimonio cristiano y en la otra, ya citada, sobre la educación.

[EyD, 156-157, 161]