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[1565] • JUAN PABLO II (1978-2005) • LA DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LA DIGNIDAD DE LA FAMILIA, RESPONSABILIDAD PRIORITARIA DEL MINISTERIO PASTORAL

Del Discurso I give thanks, a la Conferencia Episcopal de Bangladesh, en la visita ad limina, 11 marzo 1994

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6. Este Año internacional de la familia es un paso significativo de nuestro camino hacia la “hora”, ya cercana, del tercer milenio. El Señor nos está llamando a prestar mayor atención pastoral al “evangelio de la familia” (cf. Carta a las familias, 23) y a reconocer que la defensa y la promoción de la dignidad de la familia son la principal responsabilidad de nuestro ministerio.Para la Iglesia en Bangladesh sois maestros y guardianes de la verdad de la familia.Sé que ya estáis llevando a cabo iniciativas en “este sector, sin duda prioritario, de la solicitud pastoral” (Familiaris consortio, 73).Deseo alentar a toda la Iglesia en Bangladesh –obispos, sacerdotes, religiosos, catequistas y todos los fieles laicos– a descubrir de qué modo puede salvaguardar y promover la santidad del matrimonio y la familia.Espero que mi Carta a las familias, publicada recientemente, leída junto con los importantes capítulos de la Gaudium et spes (nn. 47-52), la Humanae vitae y la Familiaris consortio, sirva como guía en todos los niveles del plan pastoral familiar.

Entre vuestras preocupaciones, prestad especial atención a la preparación de los novios al matrimonio, a las asociaciones de familias para las familias, al apostolado de la juventud y a los esfuerzos encaminados a poner fin a la “habitual discriminación contra la mujer”, que es una “herencia del pecado” (Mulieris dignitatem, 14). Con gran satisfacción, os felicito por el apoyo que habéis dado a la educación en el ámbito de la paternidad y la maternidad responsables, a través de la planificación familiar natural. Estos métodos ofrecen un modo de vivir el don de la fecundidad conyugal que realza la libertad y la responsabilidad de los esposos, y asegura el respeto incondicional a la dignidad de la persona y a la verdadera naturaleza del matrimonio.

[O.R. (e.c.), 25.III.1994, 16]